Ahora nos adentramos en teorías llamadas del Proceso Social. Estas teorías tienen tres orientaciones fundamentales: las teorías del aprendizaje social, las teorías del control social, y las teorías del etiquetamiento. Se trata de un capítulo bastante extenso que posiblemente haya que dividir en dos partes. En cualquier caso comencemos con la introducción.
Estas teorías encuentran su época de mayor difusión en los años sesenta y destacan, parcialmente, por criticar el estructuralismo y su tendencia a enlazar el crimen con las clases bajas, olvidando la criminalidad de clases más acomodadas. Como puede parecer natural dicho lo anterior, las teorías del Proceso Social consideran que toda persona puede potencialmente convertirse en un delincuente. Comenzaremos, pues, con las teorías del Aprendizaje Social.
TEORÍAS DEL APRENDIZAJE SOCIAL.
Tienen diversas formulaciones, aunque yo trataré dos de ellas: la teoría de la Asociación Diferencial (Sutherland y Cressey) y la teoría de la Identificación Diferencial (Glaser). Estas teorías parten del principio de que la conducta criminal es aprendida y que no responde a rasgos internos del sujeto. Siegel dirá que “el crimen es una respuesta a situaciones reales que el sujeto aprende: nada necesariamente anormal ni signor de una personalidad inmadura“.
A) Teoría de la Asociación Diferencial.
El principal representarte de ésta teoría es seguramente Edwin Sutherland, quien la construye complementando elementos psicológicos y psicosociológicos. Destacó a su vez por su análisis de la “criminalidad de cuello blanco” y de los niveles de inteligencia de los infractores.
Las llamadas teorías del aprendizaje tienen sus orígenes en el concepto de imitación (Tarde, Ebbinghaus, Pavlov). Estas teorías se interesan por el aprendizaje -desde luego- del comportamiento humano, es decir, no tiene una connotación académica o escolar. Se trata de teorías del desarrollo psicológico -lo que implica un abandono de la exclusividad sociológica previa-. En este sentido, se partiría de una concepción pluralista de los individuos y los valores que aprenden e interiorizan, debido a la multitud de grupos sociales, de normas, de valores y, en definitiva, de perspectiva. De la misma manera, los individuos que el sujeto tome como modelos variaran según sexo, edad, status, raza y otros factores así.
Sutherland entenderá entonces que el crimen no se hereda ni se imita ni se inventa, se aprende -no es fortuito ni irracional-, al igual que la capacidad y la motivación para el mismo se aprenden mediante el contacto con valores y pautas de conducta criminales en la intimidad. Por otra parte ello no es suficiente todo lo anterior para que un hombre se convierta en delincuente, sino que se requiere un exceso de contacto con el medio criminal, en cualquier caso mucho más, en balance, que con el medio respetuoso del Derecho.
En “Principles of Criminology“, el autor establece ocho proposiciones que resumen su teoría:
- La conducta criminal es aprendida
- Lo es mediante un proceso de comunicación en la interacción interpersonal.
- La parte más importante del proceso de aprendizaje se realiza en el ámbito de grupos personales más íntimos, dependiendo la influencia en el sujeto del grado de intimidad.
- Aprender la conducta criminal comprende tanto aprender las técnicas como los móviles y racionalizaciones del crimen.
- Los móviles varían en consecuencia a los códigos de legalidad y de la opinión sobre estos por parte de las personas cercanas al sujeto criminal.
- Una persona se torna delincuente cuando aprende más modelos de conducta delictiva que de conducta conforme a la ley.
- El proceso de aprendizaje de la conducta criminal es idéntico a cualquier otro aprendizaje.
- La conducta criminal es una expresión de necesidades y valores, pero no puede ser explicada basándose en ellos.
Esta teoría ha generado la posibilidad de una intervención práctica en la sociedad en orden de tratar el problema de la criminalidad, lo cual le ha otorgado buena parte de su prestigio y popularidad. A partir de aquí aparecen científicamente fundados y teóricamente justificados los conceptos de reeducación, aprendizaje compensatorio y modificación de la conducta.
Como conclusión decir que la asociación diferencial tendrá una muy amplia aplicación en el campo del análisis del comportamiento de carácter subcultural, particularmente el “gansterismo” , pero resulta ineficaz para la explicación de la conducta individual.
B)Teoría de la Identificación Diferencial.
Según la Identificación Diferencial de Glaser, la criminalidad ya no tiene porqué producirse -como con Sutherland- por un proceso de aprendizaje por contacto directo con grupos de subcultura criminal y la aceptación de sus modelos y pautas. Ahora toma todo su sentido el término de Identificación, que quiere incidir en este caso en un proceso indirecto de aprendizaje mediante la observación de la conducta de otros individuos y las consecuencias de estos actos. Simplificando: “Una persona sigue el camino del crimen en la medida que se identifica con personas desde cuya perspectiva la conducta criminal parece aceptable“
El principal fallo de esta teoría es la asunción de que la conducta criminal es una conducta guiada racionalmente, con un proceso intelectual previo, descartando que pudiera surgir más o menos por casualidad a raíz de una determinada situación lo cual es, de hecho, un caso muy frecuente.
TEORÍAS DEL CONTROL SOCIAL.
Para estas teorías todo individuo podría verse en la situación de delinquir y lo que neutraliza o atenua dicha potencialidad son los vínculos que establece el sujeto con su entorno y que reclaman de él una conducta conformista. Cuando dicho mecanismo de control fracasa se quiebran las cadenas del sometimiento al orden social y el crimen tiene libertad para producirse. Viene a ser una posición contraria a la de la criminología clásica que afirma que lo que mantiene al sujeto dentro de la norma es el miedo al castigo penal y, en ningún caso, una ponderación entre ventajas e inconvenientes en base a los vínculos anteriormente citados. Encontraremos dos subteorías: la teoría del Arraigo Social (Hirschi) y la teoría de la Contención Social (Reckless).
A)Teoría del Arraigo Social.
Destacaremos, pues, a Hirschi con su obra “Causes of Delinquency” (1969).
En la criminología anglosajona esta teoría ha sido consagrada como una de las más importantes. Responde al grupo teórico de las teorías de la Vinculación, teorías que, como indicábamos en la introducción, consideran que el grado de vinculación del individuo a la sociedad actúa como criterio de adaptación de su conducta y depende de los lazos emocionales establecidos con otras personas a la vez que la intensidad de los mismos. Cuando estos se vuelven quebradizos o desaparecen es posible, incluso previsible, una desviación criminal.
Así, el freno para el individuo es el miedo, no ante la represión de la Justicia, sino ante el daño que pudiera ocasionar con sus actos a las personas a quienes se siente más próximo -también puede darse ese lazo entre el sujeto y determinados colectivos o instituciones-. El miedo a dañar irreparablemente las relaciones que sustentan su vida es la barrera a no franquear.
Para Hirschi cuatro factores determinan el arraigo del individuo al medio social:
- Apego hacia las personas: la carencia de éste aspecto es característico de las personalidades psicopáticas, comienza con los padres y se expande a lo demás.
- Identificación y compromiso con los valores convencionales: cuanto más se comporte una persona de acuerdo con las convenciones más difícil será que delinca.
- Participación en actividades sociales: la vida social y la participación en actividades en grupo supondrían un alejamiento del delito.
- Creencias: son un importante freno al delito siempre que supongan un respeto al derecho de los demás.
B)Teoría de la Contención Social.
Como señalábamos antes, esta teoría se asocia principalmente a Reckless y parte de la siguiente cuestión:
¿Cómo es posible que un individuo que vive en un área desfavorecida y con elevadas cotas de criminalidad se aleje de la conducta criminal o delictiva?
La respuesta se encontraría en una concurrencia de mecanismos de contención internos y externos, destacando dentro de los internos la personalidad individual, el ego del sujeto y un grado suficiente de tolerancia a la frustración. De ahí se extrae la denominación de esta teoría también como teoría del “Self Concept” o “concepto de sí mismo”.
Dicho concepto de uno mismo vendría a ser el factor explicativo de por qué ciertos individuos caen en la tentación de la delincuencia y hacia conductas socialmente indeseables y por qué otros más bien se alejan de ello. Un buen concepto de sí y de los otros ofrece firmeza y resistencia frente a golpes de la vida y la presión de lo nocivo, lo frustrante y el descontento en general.
Aparte del concepto favorable o desfavorable tambien inciden en el sujeto condiciones exteriores -la vida familiar, la organización social del entorno- que pueden repercutir positivamente incluso en alguien con un concepto muy desfavorable de sí mismo.
La otra cara de los mecanismos de “contención” es la de los mecanismos de presión criminógena, que son esencialmente tres:
- Impulsos internos: hostilidad, conflicto psicológico, ansiedad, frustración, rebeldía…
- Presiones ecxternas: condiciones de vida adversas, pobreza, desempleo…
- Influencias externas: conducta desviada de personas cercanas, influencia de los medios de comunicación…
En definitiva Reckless afirma que los mecanismos de contención están encargados de una labor de protección del sujeto frente a la potencial desviación de las normas y de la presión criminógena.
TEORÍAS DEL ETIQUETAMIENTO O “LABELLING APPROACH”.
Según la perspectiva interaccionista del labelling approach el crimen no puede comprenderse sin tener en cuenta la propia reacción social, del proceso de etiquetamiento de ciertas conductas como criminales. Delito y Reacción Social se tornan en términos interdependientes e indisociables.
A lo largo de la historia se ha observado ese proceso de “marcar” a la persona cuya conducta es considerada como desviada, desde lo que se aprecia en la Biblia -el signo de Caín- hasta la moderna malformación cromosómica XYY. Consecuencia de ello es la importancia especial que tiene el fenómeno de estigmatización y diferenciación de ciertas personas a quienes se les adjudica ciertas características que, casi siempre, han llevado a una simplificación excesiva causante de reacciones funestas ante lo etiquetado como “socialmente peligroso”. Y es que aunque quisiéramos no disponemos de medios lo suficientemente claros para distinguir con exactitud al individuo nocivo del que no y en qué medida lo es, pero la idea fija provocada por la voluntad de marcar siempre ha tentado y seguirá tentando aunque produzca siempre una injustificable caza de brujas.
Según los autores más relevantes de las teorías de etiquetamiento la conducta desviada o delictiva está repartida muy homogéneamente entre la población pero es posteriormente cuando los mecanismos sociales incurren en un trato desigual y criminalizan más a ciertos sectores que a otros. Así la importancia social de penalizar una conducta no sería ya el mostrar que una conducta no es deseable, lo importante sería a priori únicamente la caracterización de lo “criminal” dirigido generalmente a someter a los grupos socialmente más débiles. ¿Cómo se explica esto? Bien, en un caso así el Derecho Penal reflejaría normas que son resultado de la pugna entre los grupos sociales y en la que se imponen aquellos que ostentan un mayor grado de poder. Por tanto, en una sociedad caracterizada por el uso del concepto de criminalidad como herramienta de dominio de unas clases sobre otras, no existiría una definición aceptada por todos de dicha criminalidad, sino únicamente una imagen de la misma volcada en la dominación de los desprivilegiados. La “realidad” criminal está, por lo tanto, manipulada y predefinida.
Sack atribuye la distribución de la criminalidad en perjuicio del estrato social más bajo como consecuencia de una definición totalmente distorsionada y una aplicación a imagen de esa distorsión por parte de las instancias de control como la policía o la justicia. Entiende pues que en la sociedad no habrían grandes diferencias entre las características y las conductas de sus individuos como para justificar una estigmatización binaria de “criminal/no criminal”, distinción que aparece únicamente a causa de los organismos legislativos, ejecutivos y judiciales.
La idea fundamental es que la “sobrerepresentación de miembros pertenecientes a los estratos sociales más bajos en las estadísticas criminales [...] no tiene lugar a causa de sus situaciones de insuficiencia psíquica y social, que impulsan a un comportamiento criminal más acentuado, sino que resulta de su marcada tendencia a ser seleccionados y definidos como criminales por las instancias de control social“.
En adición a ello, los grupos privilegiados acuñan su situación de poder mediante las teorías que identifican a los estratos sociales más bajos con la criminalidad, hacen uso de ellas en su beneficio mediante procesos y consiguen que la situación no sólo no cambie sino que se hunda todavía mas. Los miembros de las clases bajas serían, pues, “criminales” porque sus modos de comportamiento habituales son criminalizados, distorsionando su imagen.
Se propugna, a consecuencia de esto, la toma de medidas análogas a las tomadas para igualar los roles sociales de la mujer y del hombre, pero con respecto a la criminalidad y las clases sociales, asociando tambien el delito a estratos sociales elevados y adaptando las normas a esta situación.
Tannenbaum, en su obra “Crime and Community” (1953) fue el primero en formular lo siguiente: “The young delinquent becomes bad because he is defined as bad” -el joven delincuente se vuelve malo porque es definido como malo- considerando que la estigmatización es causa decisiva de la aparición del comportamiento delictivo.
Becker por otro lado afirma que las normas son reglas elaboradas por grupos sociales, siendo considerada conducta desviada toda la que se aparte del punto de vista del grupo.
En definitiva el labelling approach no se interesa de la etiología del crimen o de la desviación sino del proceso de criminalización provocado por el propio sistema de control. Una persona se vuelve delincuente cuando personas poderosas lo clasifican como tal. Se analizan los mecanismos de control y sus procesos y el desviado pasa a convertirse en víctima del engranaje del estado. Lo delictivo en una conducta o en un autor depende de un proceso de definición -atribuyen a la conducta el caracter delictivo- y de selección -etiquetan al autor-. El control social crea la criminalidad y es altamente discriminatorio y selectivo, distribuyendo las etiquetas de la delincuencia en base a un criterio de status y rol social.
Para Becker el sistema de penas es injusto, discriminatorio, irracional y criminógeno. Esto es porque goza de nula capacidad de prevención de la criminalidad, exacerba el conflicto social lo que potencia y perpetúa la desviación y genera etiologías estereotipadas. Se cierra así el círculo vicioso, con el encarcelamiento del individuo, que adquiere una nueva imagen de sí mismo y se redefine entorno a su etiqueta de desviado, desencadenándose la llamada “desviación secundaria” (Lemert).
Críticas más relevantes:
Gibbs y Hassemer critican que el labelling approach no parece poder distinguir la conducta desviada de la no desviada porque no puede precisar los requisitos que han de concurrir para que el autor sea debidamente etiquetado o no. Además, si la criminalidad no es más que resultado de una definición, habría que explicar el fundamento de ésta y porqué las instancias de control se inclinan en un sentido o en otro.
Otra crítica que cabe mencionar es la relación automática que parece establecerse entre etiquetamiento y carrera criminal en las teorías del labelling approach, olvidando que hay numerosas carreras delictivas que se han consumado sin que el autor fuera etiquetado por el control social y, a la inversa, el “labelling” no provoca siempre una carrera criminal.
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Al final he podido condensarlo todo en una sesión, algo densa eso sí, pero bueno, espero que sea medianamente comprensible.